El valor nominal del préstamo se situará entre 15.000 euros y 750.000 euros, sin que en ningún caso pueda superar la suma de:
a) el 80% de los gastos elegibles derivados de la inversión en activos materiales e inmateriales
b) el 100% de los gastos elegibles que resulten de la contratación de mano de obra y servicios propios del ciclo de la explotación, así como de la adquisición de elementos de capital circulante. No obstante, el importe máximo del préstamo no podrá superar:
• El doble de los costes salariales anuales del solicitante (incluidas las cargas sociales y el coste del personal que trabaje en el recinto de la empresa, pero figure formalmente en la nómina de un subcontratista) para 2019 o para el último año disponible; en el caso de empresas creadas el 1 de enero de 2019 o con posterioridad a esa fecha, el préstamo máximo no debe superar la estimación de los costes salariales anuales para los dos primeros años de actividad;
• El 25 % del volumen de negocios total del solicitante en 2019.
Plazo: Hasta 5 años con 1 año de carencia
El Tipo de Interés Nominal será de EURIBOR a un año, más 0,5%. Si su sede social se encuentra en un municipio con riesgo de despoblamiento el Tipo de Interés Nominal será EURIBOR a un año más 0%.
Tramo No Reembolsable (TNR): En caso de que la solicitud de financiación tenga por finalidad el sostenimiento de la explotación de autónomos y pymes pertenecientes a los sectores de ocio, turismo, hotelería, restauración, taxi y otras actividades conexas de conformidad con la definición de estos incluida en el Anexo VII de la Convocatoria del IVF, el préstamo incorporará un tramo no reembolsable equivalente de hasta el 30%.
En concreto, el tramo no reembolsable se determinará atendiendo a la siguiente tabla: